Una obra social deberá brindarle cobertura a una nenita salteña con discapacidad

La Obra Social se comprometió a cubrir parte de lo solicitado por la amparista, mientras que un Coseguro aceptó hacerse cargo de la diferencia.

La Obra Social se comprometió a cubrir parte de lo solicitado por la amparista, mientras que un Coseguro aceptó hacerse cargo de la diferencia.


En la demanda se le solicitó al IPPS la cobertura del 100% de los tratamientos indicados a un menor con trastorno específico de aprendizaje, a valores reales y actuales. Las terapias prescriptas consisten en apoyo psicopedagógico, apoyo escolar y la realización de dos encefalogramas al año.


La demandante expuso que, si bien en la junta de admisión se había determinado la cobertura al 100% por medio de reintegro a valores IPS, el costo profesional para las terapias resultaba superior a los “valores de IPS”, por lo que ella tenía que hacerse cargo de la diferencia, abonando un monto que le resultaba imposible afrontar.


Según informaron desde DNI Salta, la obra social solicitó que se cite como tercero interesado al Coseguro que abona la amparista. Así se hizo y, en una nueva audiencia, el gerente y el apoderado de la empresa aseguradora se comprometieron a completar el pago pendiente respecto del módulo de apoyo escolar, abonando el IPS una parte a valores referenciales UNSA y la empresa la diferencia hasta la integración de la suma reclamada.


En tanto, la jueza de la Sala III del Tribunal de Juicio, Carolina Sanguedolce, decidió homologar el acuerdo al que llegaron las partes para solucionar el conflicto.


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