Salta habilita el libre tránsito con Tucumán, Santiago del Estero y Jujuy
Es viajes en vehículos particulares de personal esencial.
Es viajes en vehículos particulares de personal esencial.
Salta firmó convenios de libre tránsito para actividades esenciales con Tucumán, Santiago del Estero y Jujuy. Se espera que en las próximas horas se acuerde con Catamarca, Chaco y Formosa. De esta manera, se habilitan los viajes interprovinciales en vehículos particulares de personas exceptuadas.
De acuerdo al documento firmado, podrán viajar dos pasajeros como máximo por coche, con tapabocas puesto, deberán presentar estudio de PCR de no más de 14 días (o test rápido), el certificado de circulación y comprometerse a respetar los protocolos sanitarios.
En cada caso se fijaron las rutas de circulación, por ejemplo, en el límite Salta-Tucumán por ruta nacional 9 El Tala, y viceversa, por ruta nacional 34. No se podrán realizar paradas intermedias entre las zonas limítrofes y el reingreso a la provincia de origen deberá realizarse dentro de los 7 días de realizado el cruce limítrofe.
“Hemos firmado convenios con los gobiernos de Tucumán, Santiago del Estero y Jujuy para poder organizar mejor el tránsito que hacen personas exceptuadas de la veda de circulación y que desarrollan actividades agropecuarias e industriales”, señaló el ministro de Gobierno, Ricardo Villada, aclarando que era necesario establecer protocolos uniformes para que no se produzcan situaciones de demoras e inconvenientes como venían produciéndose.
Tres frecuencias semanales de vuelos de cabotaje comenzarán a operar en la provincia. En marzo, antes de la pandemia, Salta tenía 14 vuelos diarios, indicó el ministro Peña.
Villada destacó, que tomando todos los recaudos necesarios, es posible que algunas actividades puedan desarrollarse con seguridad sanitaria, más en el difícil escenario económico que se atraviesa.
Sobre el reclamo de ciudadanos de Orán contra el COE por el libre tránsito, el funcionario provincial aseveró que “nadie en el país puede moverse libremente” por decreto nacional. Recordó que “el tránsito entre departamentos está vedado, si no pertenezco a una actividad exceptuada”. Lo mismo entre provincias.
En cuanto al regreso de vuelos y colectivos, que exigirá PCR en algunos departamentos y en otros no, manifestó que en estos casos no es lo mismo que la habilitación de vehículos particulares entre provincias.
Dijo que se trata de personas que vendrán a Salta en vuelos aéreos o vía terrestre, que no son residentes salteños, por lo que si vienen a un departamento donde no hay circulación del virus se les exigirá PCR para no poner en riesgo la población del lugar. “Los que vengan de otras provincias ahí sí van a tener que hacer PCR, no alcanza a las personas que viven en nuestra provincia”, aclaró.
Requisitos para el ingreso
- Al ingreso y egreso deberán presentar al control policial y sanitario de cada jurisdicción la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad
- Certificado Nacional Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19.
- Certificado o Constancia, con una antigüedad máxima de 14 días de la fecha de toma de muestra, de estudio realizado con algún método de diagnóstico antígeno disponible en el país para SARS CoV2 y/o test de detección de anticuerpos con resultados IgG (+) e IgM (-) para cada persona que ingrese a la provincia.
- Declaración Jurada firmada que las personas autorizadas a ingresar no utilizarán el certificado para circular en zonas urbanas, así como también, de su autorización expresa a permitir el rastreo de su recorrido mediante el sistema de registro que cada jurisdicción habilite a tal fin. Detallar el recorrido y el lugar donde residirá y donde prestará servicio y/o entregará los insumos o mercaderías.
- Protocolo sanitario aplicable y específico aprobado por la autoridad sanitaria provincial de la jurisdicción en donde se ejecuten efectivamente los servicios o se desarrolle la actividad.
- La capacidad máxima de ocupantes por vehículo es de dos personas y todas ellas deberán usar barbijos y/o tapabocas, contar al alcance con alcohol en gel al 70 % o su equivalente.
- Los ingresantes deberán someterse a control de temperatura por parte del personal sanitario o policial cada vez que le sea requerido y en caso que se estime necesario por cuestiones sanitarias deberán someterse a un nuevo test rápido IgM e IgG para sars-Cov2 o PCR.
- Los tripulantes del vehículo no podrán realizar paradas intermedias entre las zonas limítrofes y el lugar de trabajo comprometiéndose a seguir todas las indicaciones de las autoridades policiales de cada jurisdicción.
- El reingreso a la provincia de origen deberá realizarse dentro de los 7 (siete) días de realizado el cruce limítrofe y se deberá informar al personal policial lugar de procedencia y destino.