Extendieron las prórrogas para la renovación de licencias de conducir

Las licencias vencidas en el 2020, desde el 13 de marzo hasta el 31 de diciembre tienen una prórroga de 18 meses y las que vencieron o venzan durante todo el 2021 tendrán prórroga de un año.

Las licencias vencidas en el 2020, desde el 13 de marzo hasta el 31 de diciembre tienen una prórroga de 18 meses y las que vencieron o venzan durante todo el 2021 tendrán prórroga de un año.


La Municipalidad, mediante Resolución N° 0061 de fecha 7 de julio, emitió una nueva prórroga para los contribuyentes que tienen licencias vencidas, por lo que se extienden los plazos para regularizar su situación ante la Secretaría de Movilidad Ciudadana.


Debido a las limitaciones en la atención al público por los protocolos para evitar la propagación del virus SARS-CoV-2, desde la Municipalidad de Salta y con el aval de Agencia Nacional de Seguridad Vial, se consideró necesario extender los plazos.


Teniendo en cuenta la actual situación de emergencia sanitaria por pandemia y con la finalidad de aunar criterios, el organismo nacional resolvió ampliar la prórroga para todos aquellos contribuyentes a quienes se les vencieron las licencias entre el 13 de marzo y el 31 de diciembre del año 2020 por un plazo de 18 meses contados a partir de fecha de caducidad.


También se especifica que, quienes tienen su licencia que caducó o caduca entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, tendrán una prórroga de un año. Cabe destacar que, mediante acuerdo con la institución de la Nación, se emite un documento válido para la circulación en todo el país que los vecinos pueden retirar de calle Santa Fe 545. Esta copia es certificada, se gestiona por mesa de entradas de la secretaría municipal contra entrega de la copia de la licencia vencida y el trámite es totalmente sin cargo.


Cabe recordar que, en esta ciudad, las licencias se entregan a través de los CEL, que dependen de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, creada por la ley 26.363 y en la que se establece que el otorgamiento sólo lo puede realizar el municipio, siendo esa función indelegable.


En el caso de extravío de la licencia nacional de conducir, se debe realizar la denuncia correspondiente en sede policial y portarla en el vehículo, junto a la versión digital de la licencia (app Mi Argentina).


Se recuerda que para poder sacar la licencia de conducir es requisito no ser infractor al deber de votar, tal como lo establece el artículo 126 del Código Electoral Nacional que indica que ?no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales?.


Se puede consultar la situación de cada uno en: http://infractores.padron.gov.ar, la que también será tenida en cuenta previo a la emisión de la licencia nacional.


Además, se debe presentar Estado de Deuda del Impuesto a la Radicación del Automotor, que se puede obtener ingresando a la Ventanilla Virtual, Opción 1, Ventanilla Única https://ventanillamunicipalidadsalta.ridu.com.ar/. La medida no impedirá que se emita el carnet. Es para que los conductores tomen conocimiento sobre su situación.


Las licencias de conducir para profesionales (Clase D) pueden tramitarse en cualquiera de los dos CEL, salvo que el solicitante posea causas penales en sus certificados de antecedentes penales nacional y/o provincial. Si esa es la situación, sólo podrá hacerlo en Santa Fe 545.


Esta nota habla de:

Más de Buenas noticias