Salta estará en DISPO por 10 días: qué actividades quedaron restringidas

Mientras especialistas aseguran que el rebrote de COVID-19 está “a la vuelta de la esquina”, las autoridades decidieron acatar el DNU de Nación.

Mientras especialistas aseguran que el rebrote de COVID-19 está “a la vuelta de la esquina”, las autoridades decidieron acatar el DNU de Nación.


No es mínima la preocupación que tienen las autoridades sanitarias de Salta ante la posibilidad de un rebrote de COVID-19, que llegaría antes de lo previsto favorecido por la cantidad de actividades realizadas que pusieron al límite todos los protocolos, más aquellas que los excedieron. Por ello se decidió acatar el DNU de Nación y extender el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el 12 de marzo próximo.


En este marco, quedan prohibidas las siguientes actividades (conforme el artículo 8° del DNU N° 125/2020):


1. Los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados. La misma limitación regirá en espacios al aire libre, si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.


2. Realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas.


3. Práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los y las participantes.



4. Cines.


Asimismo, recordar que el COE determinó que las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas permitiendo, como máximo, el uso del 50% de su capacidad.


Siguiendo este lineamiento en el ámbito provincial, se estableció que todas las actividades económicas, industriales, de servicio, sociales, familiares, recreativas, artísticas, culturales y deportivas, sin perjuicio de los protocolos ya aprobados para las actividades, funcionarán teniendo en cuenta pautas generales de comportamiento obligatorias:


a) Uso obligatorio de barbijo y/o tapabocas.



b) Distanciamiento social de 2 metros entre personas.


c) Lugares Cerrados: hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad cuando se trate de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios y culturales, y deberán colocar en la puerta de ingreso un cartel indicando la cantidad máxima de personas que pueden permanecer.


d) Mantener una correcta y periódica higiene ambiental.


e) Higiene personal: es responsabilidad individual el lavado adecuado de manos, uso de alcohol en gel, y toser con el pliegue del codo.


f) Ventilación de ambientes: Ventilación natural con apertura de puertas y ventanas, en caso de disponer de sistema mecánicos, aumentar el porcentaje de aire exterior, fomentando el recambio de aire ambiente cercano al 100%.



g) Cartelería o señalética: Procurar disponer de carteles que promuevan el autocuidado, de protección personal.


Horarios de circulación

Aunque algunos lo pasen por alto, está vigente la limitación de la circulación de personas en el territorio provincial, entre las 2 y 6AM, salvo personal esencial o debidamente justificado.


Además se estableció el uso exclusivo del servicio público de transporte de pasajeros, de 7 a 8.30AM, para aquellas personas que utilicen dicho servicio para realizar actividades educativas presenciales en establecimientos e institutos educativos y universidades, y sus acompañantes; así como actividades esenciales, como salud y seguridad.



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